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Sorteo de Lunes a Domingo a las 11 AM, 3 PM, 9 PM y SuperSábados Loto los días sábados a las 6 PM.

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CÓMO JUGAR Y GANAR

Resultados Anteriores

Seleccione una fecha para revisar resultados anteriores.

Diaria es el juego favorito de los nicaragüenses. Pruebe suerte con Diaria todos los días y puede ganar 60 veces su inversión.

¿Cómo jugar?

Compre su boleto

Visite cualquier Agente LOTO, Punto LOTO o LOTO Centro del país para comprar su boleto.

Elija el tipo de jugada que desea, Diaria o Diaria Fácil, seleccione su número de la suerte entre 00 al 99. También puede dejar que la terminal seleccione una jugada al azar.

Si usted eligió Diaria y su número resulta favorecido gana 60 veces su jugada, si eligió Diaria Fácil gana 30 veces.

Juegue en sorteos consecutivos

Puede asegurar su número de la suerte hasta para 9 sorteos consecutivos jugando con la opción Multisorteos.

Sólo debe indicarle a su Agente LOTO la cantidad de sorteos en los que desea jugar.

Importante:

» En Multisorteos todos sus números deben ser para la misma cantidad de sorteos.

» Cada jugada y premio es independiente de los otros.

» Puede cambiar su premio en cualquier momento, el Agente LOTO le entregará un boleto con sus jugadas restantes en caso que las tuviera.

Conozca los resultados

Puede visitar su punto de venta más cercano o sintonizar los sorteos completamente en vivo en la página de Facebook LOTO Nicaragua.

También puede escuchar todos los sorteos a través de Radio Ya (99.1 FM) y radio La Picosa (91.9 FM).

Únicamente el sorteo de las 9 de la noche es transmitido por canal 8 (TN8).

Reclame su premio

Si ha resultado ganador puede cambiar su premio en cualquier Agente LOTO, Punto LOTO o LOTO Centro del país. Si su premio es mayor a  C$ 50,000 córdobas diríjase al LOTO Centro más cercano para hacerlo efectivo.

Le recomendamos seguir estas indicaciones para asegurar su premio:

» Siempre revise que sus números y jugadas estén correctas.

» Los boletos LOTO son instrumentos al portador, por eso siempre llene el reverso con sus datos personales (nombre, número de teléfono y cédula de identidad).

» No comparta fotografías de su boleto ganador en redes sociales sin antes haberlo cambiado.

Formas de ganar

Tipo de jugada Forma de ganar Ejemplo Premio
Debe acertar el número favorecido en el orden exacto. Si juega con el número 12, y este sale favorecido en el sorteo, gana. 60 veces
Debe acertar el número favorecido en orden exacto o inverso. Si juega con el número 12, usted puede ganar si resulta favorecido el 12 o el 21. 30 veces
Debe acertar el número favorecido que contenga dos dígitos iguales. Si jugó con el número 22 y este sale favorecido en el sorteo, gana. 60 veces
Debe acertar el número ganador de Diaria y haber comprado su boleto con MULTI-X. Si su número de Diaria es ganador, gana. Jugada gratis
o multiplica su premio de Diaria por 2, 3 ó 5 veces.

Premios

Valor de la jugada 30 veces 60 veces
C$ 5 C$ 150 C$ 300
C$ 10 C$ 300 C$ 600
C$ 15 C$ 450 C$ 900
C$ 20 C$ 600 C$ 1,200
C$ 30 C$ 900 C$ 1,800
C$ 40 C$ 1,200 C$ 2,400
C$ 50 C$ 1,500 C$ 3,000

Premios con MULTI-X

Inversion
Diaria + MULTI-X
JG 2X 3X 5X
C$ 5 + C$ 5 C$ 300 + JG C$ 600 C$ 900 C$ 1,500
C$ 10 + C$ 10 C$ 600 + JG C$ 1,200 C$ 1,800 C$ 3,000
C$ 20 + C$ 20 C$ 1,200 + JG C$ 2,400 C$ 3,600 C$ 6,000
C$ 30 + C$ 30 C$ 1,800 + JG C$ 3,600 C$ 5,400 C$ 9,000
C$ 50 + C$ 50 C$ 3,000 + JG C$ 6,000 C$ 9,000 C$ 15,000

Reglamento Diaria

CAPÍTULO I - DEFINICIONES

Para efectos de este reglamento se entenderá por:

  1. Junta Directiva: El órgano superior de dirección de Lotería Nacional.
  2. SOLSESA: Soluciones Seguras, Sociedad Anónima. Empresa establecida por la Corporación Comercial Canadiense (CCC), que opera Lotería Electrónica en Nicaragua, de conformidad con el contrato para la operación de Lotería Electrónica en Línea suscrito entre la Lotería Nacional de Nicaragua y la Corporación Comercial Canadiense.
  3. LOTO: Es la marca registrada bajo la cual cada juego o producto de la lotería electrónica será comercializado.
  4. “DIARIA:” Es un juego en el cual los jugadores y el público en general seleccionan un número por cada una de las apuestas dentro de un rango de números del 00 al 99, y en base al número electo formulan sus apuestas, las cuales están relacionadas a un sorteo específico.

Los boletos pueden ser adquiridos en cualquier punto autorizado de SOLSESA. El número ganador estará siempre dentro del rango del 00 al 99.

  1. Terminal de lotería electrónica: Un dispositivo electrónico capaz de ofrecer juegos de lotería electrónica.
  2. Boleto de “DIARIA:” Es el recibo producido por una terminal computarizada que contiene información básica del juego tal como: Nombre del juego, fecha y número del sorteo, serie de números para el cual es válido el boleto, número del agente de ventas, fecha y hora en que fue vendido el boleto, número seleccionado, monto de la apuesta, precio del boleto, premio ofrecido, Reglamento del juego, serie del boleto, número de validación del boleto, código de barras de la serie del boleto. Todos los boletos son impresos en papel proveído y autorizado por SOLSESA.
  3. Sorteo: Operación de seleccionar aleatoriamente la adjudicación de un premio que puede consistir en efectivo o en especie.
  4. Balota: Una pelota pequeña que contiene un número que puede ser seleccionado.
  5. Sorteo promocional: Cualquier tipo de promoción comercial a través de sorteos que implique premios en efectivo o en especie.
  6. Apuesta: Cantidad de dinero que es arriesgada por la oportunidad de ganar o perder un premio en un juego.

Juego de apuestas: Cualquier actividad de entretenimiento, recreación, distracción o esparcimiento desarrollada para obtener un beneficio económico, en la cual interactúa la suerte, azar, casualidad y/o destreza humana, en la cual el jugador participa a través de apuestas de un valor determinado.

CAPÍTULO II - DESCRIPCIÓN DEL JUEGO “DIARIA”

Art. 1 “DIARIA:” Es un juego en el cual los jugadores y el público en general seleccionan un número para cada apuesta dentro de un rango de números de 00 a 99 y en base al número seleccionado ellos realizan sus apuestas las cuales están relacionadas a un sorteo específico. Los boletos pueden ser adquiridos en cualquiera de los puntos de venta autorizados por SOLSESA. El número ganador siempre estará comprendido dentro del rango de 00 a 99.

Art. 2 Los boletos de “DIARIA” pueden ser comprados en:

  1. Puntos de venta autorizados por SOLSESA, sean puestos de venta permanentes o a través de vendedores ambulantes.
  2. Oficinas de SOLSESA.
  3. Oficinas de Lotería Nacional.

En todos estos casos una terminal electrónica de SOLSESA debe producir los boletos.

Art. 3 Todos los boletos serán impresos en papel proveído por SOLSESA. Los boletos de “DIARIA” producidos por las terminales electrónicas de SOLSESA tendrán como mínimo la información siguiente:

  • Nombre del juego (“DIARIA”).
  • Fecha del sorteo y el número de serie para el cual el boleto es válido.
  • Número del punto de venta autorizado por SOLSESA.
  • Fecha y hora en que fue vendido el boleto.
  • Número seleccionado.
  • Monto de la apuesta para el número seleccionado (un máximo de diez apuestas en el mismo boleto).
  • Precio del boleto.
  • Código de barra.
  • Espacio para la firma y número de identificación del jugador.

Art. 4 Los jugadores pueden apostar cinco córdobas (C$ 5.00), diez córdobas (C$ 10.00), veinte córdobas (C$ 20.00), treinta córdobas (C$ 30.00), cuarenta córdobas (C$ 40.00), cincuenta córdobas (C$ 50.00) o cien córdobas (C$ 100.00) para cada número seleccionado de “DIARIA”.

Art. 5 La única manera de ganar la “DIARIA” será acertando exactamente el número ganador de “DIARIA” en el sorteo para el cual se hizo la apuesta. Todos los premios serán pagados en córdobas.

Art. 6 Los boletos de “DIARIA” solo pueden ser vendidos a personas mayores de dieciocho años de edad. Este requisito también será exigido para el pago de los premios.

Art. 7 El premio principal ofertado será equivalente a 60 (sesenta) veces la cantidad apostada.

Ejemplo ilustrativo.

Monto de la apuesta C$

Valor del premio

5.00

300.00

10.00

600.00

20.00

1,200.00

30.00

1,800.00

40.00

2,400.00

50.00

3,000.00

100.00

6,000.00

 

Art. 8 Es responsabilidad del jugador verificar que el boleto contiene el número seleccionado, el monto de la apuesta y verificar que está debidamente impreso.

Art. 9 Un boleto puede ser anulado cuando: está incompleto, está dañado, es ilegible, tiene errores en la información creada por la terminal electrónica de SOLSESA y el jugador se reúsa a aceptarlo, o cuando sea inutilizable y no pueda ser vendido. En el caso de los boletos incompletos o con defectos de impresión la responsabilidad de SOLSESA, respecto de los agentes de venta, se limita a rembolsar el monto pagado, solo si la queja es presentada dentro de una hora luego que el boleto fue expedido o diez transacciones después que el boleto fue expedido, lo que pase primero. Después del sorteo no se aceptarán reclamos, retornos o créditos.

Art. 10 De conformidad con el art. 24 de este Reglamento, los trabajadores de SOLSESA están impedidos de comprar boletos de “DIARIA”.

CAPÍTULO III - SORTEO DEL JUEGO DE “DIARIA”

Art. 11 SOLSESA estará a cargo de los sorteos de “DIARIA” bajo supervisión de un delegado de Lotería Nacional, un delegado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, un auditor de una firma de contadores independiente y un notario público. Solo la presencia del auditor y del notario público son considerados indispensables para la realización del sorteo y ellos son responsables de certificar la legalidad del juego y llevar a cabo las siguientes pruebas y verificaciones:

  1. Pesado y calibrado de las balotas.
  2. La cantidad exacta de balotas numeradas del 0 al 9 que serán depositadas en cada máquina de sorteo.
  3. La integridad y el funcionamiento de la máquina de sorteo.
  4. Transmisión en vivo del sorteo en al menos un canal de televisión y una estación de radio, ambos de cobertura nacional.

Art. 12 El sorteo de “DIARIA” consiste en seleccionar, con la ayuda de dispositivos mecánicos y electrónicos, al azar los números ganadores de “DIARIA”. En cada sorteo se seleccionará un número ganador dentro de un rango de números del 00 al 99 para cada sorteo. Habrá una máquina con dos cámaras y dos juegos de balotas numeradas del 0 al 9 para cada sorteo. Un juego de balotas numeradas del 0 al 9 será depositado en cada una de las cámaras de la máquina de sorteo para obtener los dos dígitos del número ganador. La máquina, usando presión de aire, revolverá los juegos de las balotas numeradas del 0 al 9 que se ubican en la primera cámara y la máquina seleccionará una balota que corresponde al primer dígito del número ganador; luego, la máquina, usando presión de aire revolverá el juego de balotas numeradas del 0 al 9 ubicadas en la segunda cámara y la máquina seleccionará una balota que corresponde al segundo dígito del número ganador.

Inicialmente habrá solo un sorteo diario de lunes a domingo inclusive, el número de sorteos podrá incrementarse dependiendo de la demanda y de la intensidad del juego. El juego será transmitido en vivo en radio y televisión en una hora específica para garantizar la transparencia del sorteo.

Art. 13 Los resultados del sorteo serán anunciados en medios de comunicación masiva y en todos los puntos de venta y las oficinas de Lotería Nacional.

Art. 14 Sólo los boletos registrados en la base de datos del sistema electrónico central de SOLSESA son válidos para el sorteo. En caso de discrepancia entre la información del sistema electrónico central de SOLSESA y la información del boleto, prevalecerá la información registrada en la base de datos del sistema electrónico central de SOLSESA.

CAPÍTULO IV - PAGO DE PREMIOS

Art. 15 Los ganadores de los premios de “DIARIA” deben completar toda la información requerida en el reverso del boleto, firmar el boleto y llevarlo al punto de venta de SOLSESA, oficina autorizada de Lotería Nacional, la oficina de SOLSESA o centros autorizados para el procedimiento de validación y pago del premio, presentando su cédula de identidad o cualquier otro documento de identificación equivalente.

Art. 16 SOLSESA podrá tomar fotos de los ganadores de más de diez mil córdobas (C$ 10,000.00) con propósitos de publicidad promocional y tendrá derecho, con el consentimiento del ganador, de publicar sus fotos con sus nombres, ciudades y lugar de residencia.

Art. 17 Los boletos ganadores de “DIARIA” serán pagados al portador. Cuando un boleto tiene un nombre de una persona se considerará que ese boleto pertenece a esa persona. Si se menciona a varias personas en el boleto ganador todas ellas se considerarán como propietarias del boleto ganador y el premio será pagado proporcionalmente a todos los ganadores por SOLSESA.

Art. 18 Un boleto de “DIARIA” será considerado válido si el boleto cumple con los siguientes requisitos:

  1. El boleto debe contener la información de validación completa sin ningún daño o alteración y debe corresponder con el archivo de validación electrónico almacenada en la base de datos de SOLSESA.
  2. El boleto no debe ser una falsificación o una copia del boleto ganador.
  3. El boleto debe ser producido por una terminal electrónica de SOLSESA, impreso en el papel oficial proveído por SOLSESA y vendido en un punto de venta autorizado por SOLSESA.
  4. El boleto no debe haber sido reportado como robado.
  5. El boleto debe pasar satisfactoriamente toda la verificación de seguridad de SOLSESA.

Art. 19 El período para reclamar el pago de un premio es de cien días calendario contados desde la fecha del sorteo. Si el día cien es en sábado, domingo o un día feriado, el termino se extiende al siguiente día hábil. Cualquier premio que no sea reclamado dentro del período para el pago expirará y se convertirá en un premio expirado sin reclamar de conformidad a la cláusula 4.2.16 del contrato de operación de lotería electrónica en línea.

Art. 20 Los lugares autorizados para el pago de los premios de “DIARIA” son:

  1. Los puntos de venta autorizados de SOLSESA podrán pagar premios hasta por un monto máximo de cincuenta mil córdobas (C$50,000).
  2. Las sucursales de Lotería Nacional y la Sede Central de SOLSESA podrán pagar premios de hasta doscientos mil córdobas (C$ 200,000.00). Los pagos realizados por Lotería Nacional se realizarán mediante cheques, reteniendo los impuestos legales establecidos.

Los premios superiores a doscientos mil córdobas (C$ 200,000.00) deberán ser reclamados en la Sede Central de SOLSESA y serán pagados mediante cheques, reteniendo los impuestos legales establecidos.

CAPÍTULO V - DISPOSICIONES GENERALES

Art. 21 SOLSESA tendrá derecho de limitar el monto total de la apuesta sobre cualquier número en el rango de números establecidos en el juego “DIARIA.”

Art. 22 SOLSESA podrá por propósitos comerciales autorizar descuentos en la venta de boletos de “DIARIA”, ofrecer sorteos promocionales o mejorar la estructura del juego para un sorteo en específico.

Art. 23 SOLSESA no será responsable por boletos perdidos o robados o boletos dañados que no estén bajo su control. SOLSESA no será responsable por errores en el pago de un premio por un punto de venta autorizado de SOLSESA.

Art. 24 Los boletos de “DIARIA” solo pueden ser vendidos a personas mayores de dieciocho años que no sean una de las siguientes personas:

a.) Trabajadores y directores, o accionistas con más de 5% de acciones en:

  1. SOLSESA.
  2. Canadian Bank Note Company, Limited.
  3. Canadian Commercial Corporation
  4. Estaciones de televisión que están involucradas en el desarrollo y transmisión de juegos de Lotería Electrónica de SOLSESA.”
  5. Cualquier agencia de publicidad o de relaciones públicas, contabilidad o compañía de auditoria, o firma legal contratada por SOLSESA.

b.) Esposos, hijos, hermanos, hermanas o parientes viviendo en la misma casa o residencia de cualquiera de las personas mencionadas en la sección a).

Art. 25 Este reglamento operativo podrá modificarse mediante solicitud de SOLSESA y con la verificación de Lotería Nacional.

Reglamento Diaria Fácil

CAPÍTULO I - DEFINICIONES

Para efectos de este reglamento se entenderá por:

  1. Junta Directiva: El órgano superior de dirección de Lotería Nacional.
  2. SOLSESA: Soluciones Seguras, Sociedad Anónima. Empresa establecida por la Corporación Comercial Canadiense (CCC), que opera Lotería Electrónica en Nicaragua, de conformidad con el contrato de operación de Lotería Electrónica en Línea suscrito entre Lotería Nacional de Nicaragua y Corporación Comercial Canadiense.
  3. LOTO: Es la marca registrada bajo la cual cada juego o producto de la lotería electrónica será comercializado.
  4. “DIARIA FÁCIL”: Es un juego formulado dentro del sistema de juego del sorteo de “DIARIA”, en el cual los jugadores podrán formular sus apuestas seleccionando dos dígitos para formar un número (Ej. 37), dentro del universo de números del 00 al 99, en el sorteo de “DIARIA” con el cual se podrá ganar tanto en el orden exacto como en el orden inverso, es decir, sin importar el orden el jugador gana tanto con el 37 como con el 73.
  5. Terminal de lotería electrónica: Un dispositivo electrónico capaz de ofrecer juegos de lotería electrónica.
  6. Boleto de “DIARIA FÁCIL”: Es el recibo producido por una terminal computarizada que contiene información básica del juego tal como: Nombre del juego, tipo de apuesta, fecha, hora y número de sorteo, número de serie para el cual es válido el boleto, número del agente de ventas, fecha y hora en que fue vendido el boleto, número seleccionado, monto de la apuesta para el número seleccionado, valor apostado, precio del boleto, códigos de barras de la serie del boleto usado para su validación. Todos los boletos son impresos en papel proveído y autorizado por SOLSESA.
  7. Sorteo: Operación de seleccionar aleatoriamente la adjudicación de un premio que puede consistir en efectivo o en especie.
  8. Balota: Una pelota pequeña que contiene un número que puede ser seleccionado.
  9. Sorteo promocional: Cualquier tipo de promoción a través de sorteos que implique premios adicionales en efectivo o en especie.
  10. Apuesta: Cantidad de dinero que es arriesgada para la oportunidad de ganar o perder un premio en un juego.
  11. Agente de Venta: Persona natural o Jurídica dedicada al comercio que contrata con SOLSESA, para la venta de productos de Lotería Electrónica, marca LOTO, propiedad de SOLSESA.

 Juego de apuestas: Cualquier actividad de entretenimiento, recreación, distracción o esparcimiento desarrollada para obtener un beneficio económico, en la cual interactúa la suerte, azar, casualidad y/o destreza humana, en la cual el jugador participa a través de apuestas de un valor determinado.

CAPÍTULO II - DESCRIPCIÓN DEL JUEGO “DIARIA FÁCIL”

Art. 1. “DIARIA FÁCIL”: Es un juego formulado dentro del sistema de juego del sorteo de “DIARIA”, en el cual los jugadores podrán formular sus apuestas seleccionando dos dígitos para formar un número (Ej. 37), dentro del universo de números del 00 al 99, en el sorteo de “DIARIA” con el cual se podrá ganar tanto en el orden exacto como en el orden inverso, es decir, sin importar el orden, el jugador gana tanto con el 37 como con el 73 .

Art. 2. Los boletos de “DIARIA FÁCIL” pueden ser comprados en:

  1. Puntos de venta autorizados por SOLSESA, sean puestos de venta permanentes o a través de vendedores ambulantes.
  2. Oficinas de SOLSESA.
  3. Oficinas de Lotería Nacional.

En todos estos casos una terminal electrónica de SOLSESA debe producir los boletos.

Art. 3. Todos los boletos serán impresos en papel proveído por SOLSESA. Los boletos de “DIARIA” podrán ser jugados en el orden exacto o con el tipo de apuesta de “DIARIA FÁCIL” producidos por las terminales electrónicas de SOLSESA tendrán como mínimo la información siguiente:

  • Nombre del juego (“DIARIA”)
  • Tipos de apuesta (EXACTO y FACIL)
  • Fecha, hora y número del sorteo para el cual el boleto es válido.
  • Número de serie para el cual el boleto es válido.
  • Número del agente de ventas autorizado por SOLSESA.
  • Fecha y hora en que fue vendido el boleto.
  • Número seleccionado.
  • Monto de la apuesta para el número seleccionado (un máximo de diez apuestas en el mismo boleto).
  • Precio del boleto.
  • Códigos de barras.
  • Espacio para Nombre, Teléfono, Cédula y la firma del jugador.

Art. 4 Los jugadores pueden apostar cinco córdobas (C$ 5.00), diez córdobas (C$ 10.00), veinte córdobas (C$ 20.00), treinta córdobas (C$ 30.00), cuarenta córdobas (C$ 40.00), cincuenta córdobas (C$ 50.00), cien córdobas (C$ 100.00), doscientos córdobas (C$ 200.00) o quinientos córdobas (C$ 500.00)  para cada apuesta del juego “DIARIA FÁCIL.” Los montos de las apuestas pueden variar de acuerdo a la demanda e intensidad del juego.

Art. 5 Hay una forma de apostar y las siguientes formas de   ganar en el juego “DIARIA FÁCIL”:

  1. a) El jugador puede ganar en el orden exacto y el premio es 30 veces lo invertido
  2. b) El jugador puede ganar en el orden inverso y el premio es 30 veces lo invertido
  3. c) El jugador puede ganar si el numero seleccionado tiene los dos dígitos iguales y en ese caso el monto del premio se duplica es decir gana 60 veces lo invertido.

Ejemplo Ilustrativo del orden inverso:

Monto de la Apuesta C$

Valor del Premio (*)

C$5.00

C$150.00

C$10.00

C$300.00

C$20.00

C$600.00

C$30.00

C$900.00

C$40.00

C$1,200.00

C$50.00

C$1,500.00

C$100.00

C$3,000.00

C$200.00

C$6,000.00

C$500.00

C$15,000.00

(*) el monto del premio se duplica si el numero seleccionado es de dos dígitos iguales.

Las formas de apostar y ganar en “DIARIA” y “DIARIA FÁCIL” son excluyentes entre sí.

 

Art. 6 Es responsabilidad del jugador verificar que el boleto contiene el número seleccionado, el monto de la apuesta y verificar que está debidamente impreso.

Art. 7 Un boleto puede ser anulado: cuando está incompleto, está dañado, es ilegible, tiene errores en la información creada por la terminal electrónica de SOLSESA y el jugador se rehúsa a aceptarlo, o cuando sea inutilizable y no pueda ser vendido. En el caso de los boletos incompletos o con defectos de impresión la responsabilidad es de SOLSESA, para con el agente de venta y se limita a rembolsar el monto pagado, solo si la queja es presentada dentro de una hora después que el boleto fue expedido o después de diez boletos vendidos del que se reclama, lo que pase primero. Después del sorteo no se aceptarán reclamos, retornos o créditos.

CAPÍTULO III - SORTEO DEL JUEGO DE “DIARIA FÁCIL”

Art. 8 SOLSESA estará a cargo de los sorteos de “DIARIA” y el número seleccionado para este juego, será también el número ganador para “DIARIA FACIL”. Los sorteos estarán bajo la supervisión de un delegado de Lotería Nacional, un auditor de una firma de contadores independiente y un notario público para dar fe y transparencia a los mismos. La presencia del auditor y del notario público es indispensable, para la realización del sorteo porque certifican los números ganadores seleccionados y llevan a cabo las pruebas y verificaciones siguiente:

  1. Pesado y calibrado de las balotas con una frecuencia semanal.
  2. La cantidad exacta de balotas numeradas del 0 al 9 que serán depositadas en cada máquina de sorteo.
  3. La integridad y el funcionamiento de la máquina de sorteo.
  4. Transmisión del sorteo en al menos un canal de televisión o una estación de radio, ambos de cobertura nacional, y otros medios tecnológicos de comunicación.

Art. 9 En el juego DIARIA FÁCIL los números ganadores son adjudicados tomando como referencia exacta los números ganadores seleccionados para el sorteo de “DIARIA”, el cual se desarrolla conforme los procedimientos detallados en el artículo 1 del presente reglamento de juego. Para el juego “DIARIA FÁCIL” se aplican únicamente los criterios de apuesta y pago de premios señalados en el artículo 5 del presente reglamento.

Habrá tres sorteos diarios de lunes a domingo inclusive; el número de sorteos podrá incrementarse dependiendo de la demanda y de la intensidad del juego. El juego podrá ser transmitido en vivo en una estación de radio o en un canal de televisión, y otros medios tecnológicos de comunicación en una hora específica definida por SOLSESA.

Art. 10 Los resultados del sorteo serán anunciados en medios de comunicación masiva y en todos los puntos de venta y las oficinas de Lotería Nacional.

Art. 11 Sólo los boletos registrados en la base de datos del sistema electrónico central de SOLSESA son válidos para el sorteo. En caso de discrepancia entre la información del sistema electrónico central de SOLSESA y la información del boleto, prevalecerá la información registrada en la base de datos del sistema electrónico central de SOLSESA.

CAPÍTULO IV - PAGO DE PREMIOS

Art. 12 Los ganadores de los premios de “DIARIA FÁCIL” deben completar toda la información requerida en el reverso del boleto, firmar el boleto y llevarlo al punto de venta de SOLSESA, oficina autorizada de Lotería Nacional, la oficina de SOLSESA o centros autorizados para el procedimiento de validación y pago del premio, presentando su cédula de identidad o cualquier otro documento de identificación equivalente.

Art. 13 SOLSESA podrá tomar fotos de los ganadores de más de diez mil córdobas (C$ 10,000.00) con propósitos de publicidad promocional y tendrá derecho, con el consentimiento del ganador, de publicar sus fotos con sus nombres, ciudades y lugar de residencia.

Art. 14 Los boletos ganadores de “DIARIA FÁCIL” serán pagados en córdobas y al portador. Cuando un boleto tiene un nombre de una persona se considerará que ese boleto pertenece a esa persona. Si el boleto registra varios nombres, todas ellas se considerarán como propietarias del boleto ganador y el premio será pagado por SOLSESA proporcionalmente a todos los ganadores.

Art. 15 Un boleto de “DIARIA FÁCIL” será considerado válido si el boleto contiene los requisitos siguientes:

  1. El boleto debe contener la información de validación completa sin ningún daño o alteración y debe corresponder con el archivo de validación electrónico almacenado en la base de datos de SOLSESA.
  2. El boleto no debe ser una falsificación o una copia del boleto ganador.
  3. El boleto debe ser producido por una terminal electrónica de SOLSESA, impreso en el papel oficial proveído por SOLSESA y vendido en un punto de venta autorizado por SOLSESA.
  4. El boleto no debe haber sido reportado como robado.
  5. El boleto debe pasar satisfactoriamente toda la verificación de seguridad de SOLSESA.

Art. 16 El período para reclamar el pago de un premio es de cien días calendario contados desde la fecha del sorteo. Si el día cien es en sábado, domingo o un día feriado, el término se extiende al siguiente día hábil. Cualquier premio que no sea reclamado dentro del período para el pago expirará y se convertirá en un premio expirado sin reclamar de conformidad a la Cláusula Cuarta IV numeral 4.2.16 del contrato de operación de lotería electrónica en línea.

Art. 17 Los lugares autorizados para el pago de los premios de “DIARIA FÁCIL” son:

  1. Los puntos de venta autorizados de SOLSESA podrán pagar premios hasta por un monto máximo de cincuenta mil córdobas (C$50,000).
  2. Las sucursales de Lotería Nacional y la Sede Central de SOLSESA podrán pagar premios de hasta doscientos mil córdobas (C$ 200,000.00). Los pagos realizados por Lotería Nacional se realizarán mediante cheques, reteniendo los impuestos establecidos.

Los premios superiores a doscientos mil córdobas (C$ 200,000.00) deberán ser reclamados en la Sede Central de SOLSESA y serán pagados mediante cheques, reteniendo los impuestos establecidos.

CAPÍTULO V - DISPOSICIONES GENERALES

Art. 18 SOLSESA tendrá derecho de limitar el monto total de la apuesta sobre cualquier número en el rango de números establecidos en el juego “DIARIA FÁCIL”.

Art. 19 SOLSESA podrá por propósitos comerciales autorizar descuentos en la venta de boletos de “DIARIA FÁCIL,” ofrecer sorteos promocionales o mejorar la estructura del juego para un sorteo específico.

Art. 20 SOLSESA no será responsable por boletos perdidos o robados o boletos dañados que no estén bajo su control. SOLSESA no será responsable por errores en el pago de un premio por un punto de venta autorizado de SOLSESA.

Art. 21 Los boletos de “DIARIA FÁCIL” solo pueden ser vendidos a personas mayores de dieciocho años y que no sean una de las siguientes personas:

a.) Trabajadores y directores, o accionistas con más de 5% de acciones en:

  1. SOLSESA.
  2. Canadian Bank Note Company, Limited.
  3. Canadian Commercial Corporation
  4. Estaciones de televisión que están involucradas en el desarrollo y transmisión de juegos de Lotería Electrónica de SOLSESA.”
  5. Cualquier agencia de publicidad o de relaciones públicas, contabilidad o compañía de auditoria, o firma legal contratada por SOLSESA.

b.) Esposos, hijos, hermanos, hermanas o parientes viviendo en la misma casa o residencia de cualquiera de las personas mencionadas en la sección a).

c.) Agentes de ventas autorizados de SOLSESA

Reglamento MULTI-X

CAPÍTULO I - DEFINICIONES

REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DEL TIPO DE APUESTA “MULTI-X” VINCULADO CON EL JUEGO “DIARIA” EN SU TIPO DE APUESTA “EXACTA” Y “FÁCIL” DE LOTERÍA ELECTRÓNICA

CAPÍTULO I

DEFINICIONES

Para efectos de este reglamento se entenderá por:

  1. Junta Directiva: El órgano superior de dirección de Lotería Nacional.
  2. SOLSESA: Soluciones Seguras, Sociedad Anónima. Empresa establecida por la Corporación Comercial Canadiense (CCC), que opera Lotería Electrónica en Nicaragua, de conformidad con el contrato de operación de Lotería Electrónica en Línea suscrito entre Lotería Nacional de Nicaragua y Corporación Comercial Canadiense.
  3. LOTO: Es la marca registrada bajo la cual cada juego o producto de la lotería electrónica será comercializado.
  4. “MULTI-X”: Es un tipo de apuesta vinculada directamente al  juego formulado dentro del sistema de juego del sorteo de “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” y “Fácil”, con la que los jugadores tendrán la posibilidad de ganar una jugada gratis al azar o bien multiplicar su premio.
  5. Terminal de lotería electrónica: Un dispositivo electrónico capaz de ofrecer juegos de lotería electrónica.
  6. Boleto de “DIARIA”: Es el recibo producido por una terminal computarizada que contiene información básica del juego tal como: Nombre del juego, tipo de apuesta (“Exacta”, “Fácil” con o sin “MULTI-X”), fecha, hora y número de sorteo, número de serie para el cual es válido el boleto, número del agente de ventas, fecha y hora en que fue vendido el boleto, número seleccionado, monto de la apuesta para el número seleccionado, valor apostado, precio del boleto, códigos de barras de la serie del boleto usado para su validación. Todos los boletos son impresos en papel proveído y autorizado por SOLSESA.
  7. Sorteo: Operación de seleccionar aleatoriamente la adjudicación de un premio que puede consistir en efectivo o en especie.
  8. Balota: Una esfera pequeña que contiene un número que puede ser seleccionado.
  9. Sorteo promocional: Cualquier tipo de promoción a través de sorteos que implique premios adicionales en efectivo o en especie.
  10.  Apuesta: Cantidad de dinero que es pagada para la oportunidad de ganar o perder un premio en un juego.
  11. Agente de Venta: Persona natural o Jurídica dedicada al comercio que contrata con SOLSESA, para la venta de productos de Lotería Electrónica, marca LOTO, propiedad de SOLSESA.
  12. Juego de apuestas: Cualquier actividad de entretenimiento, recreación, distracción o esparcimiento desarrollada para obtener un beneficio económico, en la que interactúa la suerte, azar, casualidad y/o destreza humana, participando el jugador a través de apuestas de un valor determinado.

CAPÍTULO II - DESCRIPCIÓN DEL TIPO DE APUESTA “MULTI-X” VINCULADA CON EL JUEGO “DIARIA” EN SU TIPO DE APUESTA “EXACTA” Y “FÁCIL”

Art. 1. “MULTI-X”: Es un tipo de apuesta vinculada de forma directa con el juego de lotería electrónica “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” y “Fácil”, con la que los jugadores tendrán la opción de ganar una jugada gratis al azar o bien multiplicar su premio si el número que compra en “DIARIA” es el favorecido en el sorteo correspondiente. Para optar a este tipo de apuesta el jugador deberá invertir la misma cantidad en la apuesta “MULTI-X” que invirtió en el juego de “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil”. Las opciones de “MULTI-X” van desde una jugada gratis a multiplicar el premio de “DIARIA” por 5 veces.

Art. 2. Los boletos de “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil” con “MULTI-X” pueden ser comprados en:

  1. Puntos de venta autorizados por SOLSESA, sean permanentes o a través de vendedores ambulantes.
  2. Oficinas de SOLSESA.
  3. Oficinas de Lotería Nacional.

En todos estos casos una terminal electrónica de SOLSESA debe producir los boletos.

Art. 3. Todos los boletos serán impresos en papel proveído por SOLSESA. Los boletos de “DIARIA” podrán ser jugados en su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil”, producidos por las terminales electrónicas de SOLSESA y tendrán como mínimo la información siguiente:

  • Nombre del juego “DIARIA”
  • Tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil” con “MULTI-X”
  • Fecha, hora y número del sorteo para el cual el boleto es válido.
  • Número de serie para el cual el boleto es válido.
  • Número del agente de venta autorizado por SOLSESA.
  • Fecha y hora en que fue vendido el boleto.
  • Número seleccionado.
  • Monto de la apuesta para el número seleccionado (un máximo de diez apuestas en el mismo boleto).
  • Precio del boleto.
  • Códigos de barras.
  • Espacio para Nombre, Teléfono, Cédula y la firma del jugador.

Art. 4. Los jugadores deberán apostar en “MULTI-X” la misma cantidad apostada en el juego de “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil”, cuyos montos de apuestas son  cinco córdobas (C$ 5.00), diez córdobas (C$ 10.00), veinte córdobas (C$ 20.00), treinta córdobas (C$ 30.00), cuarenta córdobas (C$ 40.00), cincuenta córdobas (C$ 50.00), cien córdobas (C$ 100.00), doscientos córdobas (C$ 200.00) o quinientos córdobas (C$ 500.00). 

Art. 5. Apuestas,  premios y probabilidades. 

 Los jugadores deben realizar una apuesta igual a la apuesta  total del boleto del juego “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil”.

La única manera de ganar en “MULTI-X” es haber ganado un premio en el juego “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil” y haber comprado el tipo de apuesta “MULTI-X”.

Las probabilidades de ganar “MULTI-X” dependerán de la probabilidad de ganar en el juego “DIARIA” en su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil”.

 La siguiente tabla muestra los premios a ser pagados por  el tipo de apuesta “MULTI-X” para el juego de “DIARIA” en su dos tipos de apuesta “exacta” y “fácil”

 

Esferas

Definición

Cantidad

Probabilidad

“JG”

Jugada Gratis aleatoria de la apuesta “MULTI-X”, equivalente al mismo valor de la inversión del boleto.

Cinco (5) balotas de “JG”

5/16

“2X”

Multiplica el premio del juego designado por dos (2)

Ocho (8) balotas de “2X”

8/16

“3X”

Multiplica el premio del juego designado por tres (3)

Dos (2) balotas de “3X”

2/16

“5X”

Multiplica el premio del juego designado por cinco (5)

Una (1) balota de “5X”

1/16

SOLSESA se reserva el derecho de poner límites a las apuestas por cada número.

SOLSESA  se reserva el derecho de aumentar el valor del premio con fines promocionales y comerciales.

SOLSESA se reserva el derecho de hacer los cambios de balotas en cantidad y en  su valor multiplicador, previa autorización de Lotería Nacional y comunicación a los jugadores.

Art. 6. Es responsabilidad del jugador verificar que el boleto contiene el número seleccionado, el monto de la apuesta y verificar que está debidamente impreso.

Art. 7. Un boleto puede ser anulado: cuando está incompleto, está dañado, es ilegible, tiene errores en la información creada por la terminal electrónica de SOLSESA y el jugador se rehúsa a aceptarlo, o cuando sea inutilizable y no pueda ser vendido. En el caso de los boletos incompletos o con defectos de impresión la responsabilidad es de SOLSESA con el agente de venta y se limita a reembolsar el monto pagado, sólo si la queja es presentada dentro de una hora después que el boleto fue expedido o después de diez boletos vendidos del que se reclama, lo que pase primero. Después del sorteo no se aceptarán reclamos, retornos o créditos.

CAPÍTULO III - SORTEO DE TIPO DE APUESTA “MULTI-X”

Art. 8. SOLSESA estará a cargo de los sorteos de “MULTI-X” y la balota ganadora, se vinculará al número ganador de “DIARIA”. Los sorteos estarán bajo la supervisión de un delegado de Lotería Nacional, un auditor de una firma de contadores independiente y un notario público para dar fe y transparencia a los mismos. La presencia del auditor y del notario público es indispensable, para la realización del sorteo porque certifican los números ganadores seleccionados y llevan a cabo las pruebas y verificaciones siguientes:

  1. Pesado y calibrado de las balotas con una frecuencia  semanal
  2. La cantidad de 16 balotas grabadas con lo siguiente:
  • 5 balotas con JG (Jugada Gratis)
  • 8 balotas con 2x (multiplica por 2)
  • 2 balotas con 3x (multiplica por 3)
  • 1 balota con 5x (multiplica por 5)

Estas balotas serán depositadas en la máquina que corresponde a “MULTI-X”

  1. La integridad y el funcionamiento de la máquina de sorteo.
  2. Transmisión del sorteo en al menos un canal de televisión o una estación de radio, ambos de cobertura nacional y otros medios tecnológicos de comunicación.

Art. 9. En el tipo de apuesta “MULTI-X” los números ganadores son adjudicados a través de un sorteo independiente al de “DIARIA”, el cual se desarrolla conforme los procedimientos detallados en el artículo 1 del presente reglamento de juego.

El tipo de apuesta “MULTI-X”,  igual que su juego vinculante “DIARIA”,  tendrá  tres sorteos diarios de lunes a domingo inclusive, sin embargo, el número de sorteos podrá incrementarse dependiendo de la demanda y de la intensidad del juego. El sorteo de “DIARIA” y de su apuesta “MULTI-X” será transmitido en vivo en una estación de radio o en un canal de televisión, y otros medios tecnológicos de comunicación en una hora específica definida por SOLSESA.

Art. 10. Los resultados del sorteo serán anunciados en medios de comunicación masiva y en todos los puntos de venta y las oficinas de Lotería Nacional.

Art. 11. Sólo los boletos registrados en la base de datos del sistema electrónico central de SOLSESA son válidos para el sorteo.

CAPÍTULO IV - PAGO DE PREMIOS

Art. 12. Los ganadores de los premios de “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil” que incluya el tipo de apuesta “MULTI-X” deben completar toda la información requerida en el reverso del boleto, firmar el boleto y llevarlo al punto de venta de SOLSESA, oficina autorizada de Lotería Nacional, la oficina de SOLSESA o centros autorizados para el procedimiento de validación y pago del premio, presentando su cédula de identidad o cualquier otro documento de identificación equivalente.

Art. 13. SOLSESA podrá tomar fotos de los ganadores de más de diez mil córdobas (C$10,000.00) con propósitos de publicidad promocional y tendrá derecho, previo consentimiento del ganador, a publicar sus fotos con sus nombres, ciudad y lugar de residencia.

Art. 14. Los boletos ganadores de “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil” que incluyan el tipo de apuesta “MULTI-X” serán pagados en córdobas y al portador. Cuando un boleto tiene el nombre de una persona se considerará que ese boleto pertenece a esa persona. Si el boleto registra varios nombres, todos se considerarán ganadores propietarios del boleto ganador y el premio será pagado por SOLSESA proporcionalmente a todos los ganadores.

Art. 15. Un boleto del juego “DIARIA” para su tipo de apuesta “Exacta” o “Fácil” que incluya el tipo de apuesta  “MULTI-X” será considerado válido si el boleto contiene los requisitos siguientes:

  1. El boleto debe contener la información de validación completa sin ningún daño o alteración y debe corresponder con el archivo de validación electrónico almacenado en la base de datos de SOLSESA.
  2. El boleto no debe ser una falsificación o una copia del boleto ganador.
  3. El boleto debe ser producido por una terminal electrónica de SOLSESA, impreso en el papel oficial proveído por SOLSESA y vendido en un punto de venta autorizado por SOLSESA.
  4. El boleto no debe haber sido reportado como robado.
  5. El boleto debe pasar satisfactoriamente toda la verificación de seguridad de SOLSESA.

Art. 16. El período para reclamar el pago de un premio es de cien días (100) calendario contados desde la fecha del sorteo. Si el día cien es en sábado, domingo o un día feriado, el término se extiende al siguiente día hábil. Cualquier premio que no sea reclamado dentro del período para el pago expirará y se convertirá en un premio expirado sin reclamar de conformidad a la Cláusula Cuarta IV numeral 4.2.16 del contrato de operación de lotería electrónica en línea.

Art. 17. Los lugares autorizados para el pago de los premios de “MULTI-X” son:

  1. Los puntos de venta autorizados de SOLSESA podrán pagar premios hasta por un monto máximo de cincuenta mil córdobas (C$ 50,000.00).
  2. Las sucursales de Lotería Nacional y la Sede Central de SOLSESA podrán pagar premios de hasta doscientos mil córdobas (C$ 200,000.00). Los pagos a realizar por Lotería Nacional se harán mediante cheques, reteniendo los impuestos establecidos.

Los premios superiores a doscientos mil córdobas (C$ 200,000.00) deberán ser reclamados en la Sede Central de SOLSESA y serán pagados mediante cheques, reteniendo los impuestos establecidos.

CAPÍTULO V - DISPOSICIONES GENERALES

Art. 18. SOLSESA tendrá derecho de limitar el monto total de la apuesta sobre cualquier número en el rango de números establecidos en el juego “DIARIA” y su apuesta vinculante de “MULTI-X”.

Art. 19. SOLSESA podrá con propósitos comerciales autorizar descuentos en la venta de boletos de “MULTI-X”, ofrecer sorteos promocionales o mejorar la estructura del juego para un sorteo específico.

Art. 20. SOLSESA no será responsable por boletos perdidos o robados o boletos dañados que no estén bajo su control. SOLSESA no será responsable por errores en el pago de un premio por un punto de venta autorizado de SOLSESA.

Art. 21. Los boletos de “DIARIA” que incluye “MULTI-X”  sólo pueden ser vendidos a personas mayores de dieciocho (18) años y que no sean una de las siguientes personas:

a) Trabajadores y directores, o accionistas con más de 5% de acciones en:

    1. SOLSESA
    2. Canadian Bank Note Company, Limited.
    3. Canadian Commercial Corporation
    4. Estaciones de televisión que están involucradas en el desarrollo y transmisión de juegos de Lotería Electrónica de SOLSESA.
    5. Cualquier agencia de publicidad o de relaciones públicas, contabilidad o compañía de auditoría, o firma legal contratada por SOLSESA.

b) Esposos, hijos, hermanos, hermanas o parientes viviendo en la misma casa o residencia de cualquiera de las personas mencionadas en la sección a).

c) Agentes de ventas autorizados por SOLSESA.

Art. 22. Este reglamento operativo podrá modificarse mediante solicitud de SOLSESA y con la autorización de Lotería Nacional.

Art. 23. Mediante la firma y rúbrica en cada página de este documento las partes abajo firmantes verifican que han leído y que están de acuerdo con todos y cada uno de los términos y condiciones de este documento, aprobándolo como las reglas y regulaciones oficiales del tipo de apuesta “MULTI-X” y su vigencia es efectiva a partir de la aprobación por la Junta Directiva el 16 de marzo del 2021, surte todos sus efectos al inicio de su lanzamiento programado para el día doce de abril del año 2021. Este documento se firma en dos tantos de un mismo tenor.

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